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Oposiciones | Guardia Civil

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OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL

El Método Albacer

En Academia Albacer pensamos que nadie como otros Guardias Civiles en activo para impartir las clases y enseñar a los alumnos todo lo necesario para que consigan su plaza. Esta es la razón de que en nuestra Academia, contemos con profesionales de la institución: oficiales, suboficiales y Guardias Civiles para este curso.

El examen consta de 2 partes: una teórica, con pruebas de ortografía, inglés, psicotécnicos… y otra parte práctica con pruebas físicas, entrevistas personales y reconocimiento médico.

En todos los cursos se abrirá un grupo de Whatsapp para que los alumnos estén en contacto directo con sus preparadores. A través de este canal, podrán resolver dudas en tiempo record y los profesores podrán hacer un seguimiento más exhaustivo del alumno. A lo largo del curso, se repetirán los simulacros y las pruebas con tiempos similares a los de la oposición real para que el alumno se entrene y vaya con más confianza al examen.

La manera de conseguir una plaza es por concurso- oposición y esto significa que se puntuarán tanto méritos académicos (titulaciones, estudios superiores, idiomas…) como específicos (carné de conducir A, B, C, +E). Por eso, Albacer ha establecido convenios con autoescuelas para facilitar la obtención de estos permisos de una manera más económica. Además, también hemos conseguido acuerdos con gimnasios que ayuden a los alumnos a preparar su forma física para las pruebas.

El Temario

Para este curso hemos ampliado el temario hasta 29 temas para reforzar más la parte dedicada a legislación. Consideramos que esta parte es importante, ya que suelen exigirla para promoción interna.

Con el objetivo de hacer las clases más amenas y fomentar el interés de los alumnos, los preparadores se sirven de presentaciones en Power Point que ayudan a entender mejor los conceptos, esquemas, resúmenes…

 

Tienes delante de ti una gran oportunidad para conseguir una plaza fija.

INFÓRMATE

1.-Historia de la Guardia Civil.

Desde su creación en el año 1844 por el mariscal de campo D. Francisco Javier Girón y Ezpeleta, II Duque de Ahumada, la Guardia Civil es una Institución Armada de carácter militar, con una larga trayectoria al servicio público.

Existe la posibilidad de desarrollar la carrera profesional, en múltiples especialidades, como son Tráfico, Protección de la Naturaleza, Servicio Marítimo, Montaña, Policía Judicial, Información, atención y servicio al ciudadano, dentro de la diversidad territorial de los Puestos de la Guardia Civil, etc.

Otra particularidad de la Guardia Civil es la promoción profesional dentro del Cuerpo, con la posibilidad de alcanzar los diferentes empleos, con arreglo al procedimiento de promoción interna y mediante el sistema de concurso-oposición. Los aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en cada convocatoria pueden acceder a alguna de las siguientes escalas:

  • Oficiales.
  • Suboficiales.
  • Cabos y Guardias.

Los guardias civiles están vinculados al Cuerpo de la Guardia Civil con una relación de servicios profesionales de carácter permanente y, dada la naturaleza militar del Instituto en el que se integran, son militares de carrera de la Guardia Civil.

La condición de guardia civil se adquiere al obtener el primer empleo e incorporarse a la Escala correspondiente.

Los alumnos del Centro de Formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias se incorporarán a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil tras finalizar con éxito el plan de estudios correspondiente y la evaluación del periodo de formación, y permitirá con la obtención del primer empleo, la equivalencia con el Título de Técnico de Formación Profesional.

2.-Formas de acceso

  • Modalidad de plazas de acceso libre.
  • Modalidad de acceso a las plazas restringidas a militares profesionales.
  • Modalidad de acceso a las plazas restringidas a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.

El número de plazas de cada una de las modalidades se establecerá en la convocatoria respectiva en virtud de la oferta de empleo público de cada año.

3.-Requisitos generales y específicos

Los aspirantes a los procesos selectivos para el ingreso en el centro de formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española.
  • No estar privado de los derechos civiles.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año de la convocatoria.
  • No superar durante el año en que se publique la convocatoria la edad de cuarenta (40) años.
  • Poseer una altura mínima de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres, y no superior a 203 centímetros en bipedestación.
  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y de las pruebas que se determinen en la correspondiente convocatoria.
  • Estar en posesión de los niveles de estudios requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
  • No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre de Régimen de Personal de la Guardia Civil (BOE núm. 289).
  • No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
  • Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
  • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, auto mutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil, según se determine en la normativa vigente en esta materia y sus normas de desarrollo.

Nota: Todo ello sin perjuicio de otras condiciones que se puedan estipular en las respectivas convocatorias.

4.-Requisitos específicos para las plazas restringidas a militares profesionales

  • Mínimo 5 años de servicios en las Fuerzas Armadas y no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas.
  • Resto de requisitos generales.

5.-Requisitos específicos para las plazas restringidas a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.

  • Alumno del Colegio de Guardias Jóvenes «Duque de Ahumada».
  • Resto de requisitos generales.

6.-Cuadro médico de exclusiones

El cuadro médico de exclusiones para ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil se encuentra publicado por Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se apruebas las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias (BOE núm. 44).

7.-Última convocatoria publicada 

Resolución 160/38128/2019, de 10 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

8.-Temario de la oposición

NOTA: En el proceso selectivo que se convoque durante el año 2019 NO será de aplicación la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, en lo que respecta al temario, rigiéndose por Apéndice A de la Orden de 9 de abril de 1996, por la que se aprueban las bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros militares de formación para acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil (BOE núm. 92/1996).

En cada convocatoria se incluirá el temario sobre el que se elaborarán los cuestionarios de las pruebas de conocimientos teóricos o teórico-prácticos y que desarrollarán, al menos, los siguientes ámbitos de conocimiento recogidos en el Anexo II de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero:

  • Derechos Humanos.
  • Igualdad.
  • Prevención de Riesgos Laborales.
  • Derecho Constitucional.
  • Derecho de la Unión Europea.
  • Instituciones Internacionales.
  • Derecho Civil.
  • Derecho Penal.
  • Derecho Procesal Penal.
  • Derecho Administrativo.
  • Protección de Datos.
  • Extranjería. Inmigración.
  • Seguridad Pública y Seguridad Privada.
  • Ministerio del Interior. Ministerio de Defensa.
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Guardia Civil.
  • Materias Socio-Culturales: Protección Civil. Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética.
  • Materias Técnico-Científicas: Tecnologías de la Información y la Comunicación. Estadística.
  • Lengua Inglesa.
  • Ortografía de la Lengua Española.

El temario no sufrirá modificaciones en las distintas convocatorias salvo si las circunstancias aconsejaran su modificación, para lo cual sería publicado con una antelación mínima de nueve meses a la realización de las correspondientes pruebas en la página corporativa de la Guardia Civil.

9.-Instancia de solicitud de admisión y documentación

Inscripción al proceso selectivo

La solicitud de admisión se realizará por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/): seleccionando el procedimiento de «Solicitud de Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias».

Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).

Esta opción permite:

  • La inscripción íntegramente electrónica.
  • Pago de tasas (El titular de la cuenta de pago, debe coincidir con el titular de la firma digital de inscripción).
  • Firma electrónica de la solicitud.
  • Obtención del justificante de registro.
  • Consulta del estado de su expediente en el apartado «Mis expedientes».

 Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que la sede les vaya indicando.

 

10.-Proceso selectivo  

El proceso selectivo para ingreso en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil se divide en dos fases:

  • Fase de concurso : Consiste en la valoración de méritos según la baremación de cada convocatoria.
  • Fase de oposición:  Consiste en la superación de las pruebas escritas y las pruebas psicofísicas

11.-Periodo de formación 

La formación para ingreso en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil consta de dos periodos:

  • Primer periodo: De formación en la Academia de Guardias sita en Baeza (Jaén), con una carga lectiva de 1060 horas.
  • Segundo periodo: De prácticas en las Unidades Territoriales de la Guardia Civil, con una duración de 40 semanas.

12.-Normativa reguladora 

  • Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil (BOE. núm. 289).
  • Ley 8/2006, de 24 de abril ,de Tropa y Marinería (BOE núm. 98).
  • Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil (BOE núm. 67).
  • Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se apruebas las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias (BOE núm. 44)
  • Orden de 9 de abril de 1996* por la que se aprueban las bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros docentes militares de formación para acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil (BOE núm. 92).

* Esta disposición se encuentra derogada por la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, no obstante y conforme a los términos establecidos en su Disposición transitoria primera, seguirá siendo de aplicación ÚNICAMENTE en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2019.

 

 

 

 

 

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